¿Qué ocurre cuando para acceder a un puesto de trabajo se solicita datos de salud en concreto?
Cada día es más habitual en estos momentos de pandemia, que en las entrevistas de trabajo se pregunte si ya se ha pasado el coronavirus o si han desarrollado anticuerpos. Esta pregunta, al igual que preguntar si se piensa quedar embaraza, invade la esfera de la intimidad de las personas. Se está preguntando por un dato de salud calificado de especial por Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), lo que significa que para su recogida y utilización necesita el consentimiento del interesado. Consentimiento que podría estar viciado, pues para querer optar al puesto de trabajo daremos una respuesta condicionada para que nos elijan en la selección de empleo.
El Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) considera que se produce un desequilibrio de poder entre el empleador y el candidato. Si este dato es necesario para acceder al trabajo y formalizar el contrato laboral, difícilmente se opondrá en candidato a responder por temor a perjudicarle en el proceso de selección.
Consentimiento del interesado: toda manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca por la que el interesado acepta, ya sea mediante una declaración o una clara acción afirmativa, al tratamiento de datos que le conciernen
La Agencia Española de Protección de Datos advierte que no se debe dar esta información. Si esta información sobre el dato de salud llegara a la empresa, ésta no podría usarlo y debería suprimirla para no infringir la normativa de Protección de Datos.
Aunque esto podrá llevar a la destrucción del curriculum cuando no fuera posible asegurar que el dato de la inmunidad no va a influir en la decisión de eliminar al candidato del proceso de selección.
Como conclusión, recordar que solicitar información sobre el estado de inmunidad frente al COVID-19 iría más allá de las obligaciones y derechos específicos que impone a la empresa la legislación laboral. Si bien la legislación de Seguridad y Protección social impone al empresario el deber de proteger a los trabajadores frente a los riesgos laborales, en un proceso de selección esta información debe ser tratada acorde al Reglamento de Protección de Datos.